La ocupación de vivienda habitual se ha convertido en una preocupación creciente en España. Según las estadísticas de criminalidad del Ministerio del Interior, sólo en 2024, las denuncias por ocupación ilegal de inmuebles en España, incrementaron un 7,4% anual, incluyendo tanto delitos de usurpación como de allanamiento de morada.
Cada vez más propietarios se preguntan «¿qué ocurre si ocupan mi casa habitual?, ¿cómo desalojo a los okupas?
En este artículo, desde Legalis Defensa, despacho de abogados expertos en desokupaciones legales y con presencia en toda España, te explicamos todo lo que necesitas saber sobre el allanamiento y ocupación, así como los mejores consejos para saber cómo actuar ante un caso y cuáles son tus derechos.
¿Pueden ocupar mi vivienda habitual si me voy unos días?
No pueden ocupar tu vivienda habitual si te vas unos días. Si la vivienda es tu residencia habitual, aunque no estés dentro en ese momento, se considera legalmente como morada. No importa si te vas de vacaciones, si estás trabajando fuera o si has salido a hacer la compra.
La jurisprudencia española reconoce el derecho a la inviolabilidad del domicilio (art. 18 de la Constitución). La ocupación de una vivienda habitual en estos casos es allanamiento, y la Policía puede actuar de inmediato, sin necesidad de orden judicial.
Diferencia entre ocupación y allanamiento de morada
En el allanamiento de morada, alguien entra en tu vivienda habitual sin consentimiento y se considera violación de domicilio mientras que en la ocupación lo hace con la intención de quedarse y usurpar tu propiedad. Es común que la opinión pública confunda estos dos conceptos, pero desde un punto de vista legal son muy distintos:
-
Allanamiento de morada
Se produce cuando alguien entra o permanece en una vivienda habitualmente habitada, sin consentimiento. Es un delito grave contemplado en el artículo 202 del Código Penal y se considera una violación de domicilio.
-
Ocupación ilegal (u okupación)
Suele referirse a cuando una persona entra a vivir en un inmueble vacío o deshabitado, sin contrato ni autorización. Está tipificada como usurpación en el art. 245.2 del Código Penal.
La clave de su diferenciación está en si la propiedad estaba siendo utilizada como vivienda habitual. Si lo era, hablaríamos de allanamiento. Si no, de ocupación.
Una actuación rápida puede evitar que entres en un proceso judicial largo y costoso.
Pasos a seguir ante la ocupación de vivienda habitual
La ocupación ilegal de una vivienda habitual es una situación angustiosa y frustrante. Sin embargo, mantener la calma y actuar con rapidez siguiendo el procedimiento legal adecuado es clave para recuperar tu casa lo antes posible.
El momento en el que descubres la ocupación es crucial: las acciones disponibles cambian dependiendo de si han pasado menos o más de 48 horas desde que los ocupantes entraron.

● Actuar dentro de las primeras 48 horas tras la ocupación
Si detectas la ocupación de tu vivienda habitual en sus primeras 48 horas, es fundamental actuar de inmediato. Durante este plazo, las fuerzas de seguridad pueden desalojar a los ocupantes sin necesidad de orden judicial, siempre que acredites que esa es tu residencia principal.
Esto se debe a que la ley considera que el delito aún se está cometiendo, por lo que las autoridades pueden intervenir de forma directa para proteger tus derechos como propietario.
¿Qué hacer?
- Llama a la policía lo antes posible.
- Reúne pruebas que acrediten que resides en esa vivienda: facturas a tu nombre, certificado de empadronamiento, correspondencia oficial, etc.
- Evita enfrentamientos directos. Deja que actúen las autoridades y ponte en contacto con un abogado especializado en ocupaciones ilegales.
● ¿Y si han pasado más de 48 horas?
Si ya han pasado más de 48 horas y los ocupantes se han instalado en tu propiedad, el procedimiento se complica: deberás acudir a la vía judicial.
Tendrás que presentar una denuncia por allanamiento de morada o usurpación, dependiendo del caso, y esperar a que el juez emita una orden de desalojo.
Pasos a seguir:
- Contacta con un abogado especializado en ocupaciones ilegales.
- Presenta la denuncia cuanto antes.
- Documenta cualquier actividad sospechosa de los ocupantes.
- No intentes desalojar por tu cuenta, ya que podrías incurrir en un delito.
Recuerda que cada día cuenta. Cuanto antes inicies el procedimiento, antes podrás recuperar el control sobre tu vivienda.
No dejes que el tiempo juegue en tu contra. Cuanto antes actúes, más fácil será recuperar tu casa. Recupera tu hogar con ayuda legal
Ocupación de vivienda habitual: casos reales
Cada vez hay más situaciones donde los propietarios descubren que han ocupado su vivienda habitual. Algunos de los casos más frecuentes que observamos entre los afectados que nos llegan a Legalis Defensa son:
- Ocupación durante vacaciones.
- Viviendas en zonas residenciales con poca vigilancia.
- Propietarios que residen temporalmente en otra ciudad por trabajo.
En todos estos casos, si puedes demostrar que la casa es tu vivienda habitual (recibos, empadronamiento, contratos, etc.), la actuación legal es mucho más rápida. Y todo, de forma absolutamente legal.
Legalis Defensa: abogados expertos en desocupaciones legales
En Legalis Defensa contamos con un equipo jurídico especializado en desokupaciones legales de viviendas habituales. Actuamos con rapidez, seguridad y conforme a Derecho para recuperar tu propiedad. ¡No estás solo ante los okupas!
- Asesoramiento jurídico desde el primer momento
- Acciones legales inmediatas si se trata de tu vivienda habitual
- Defensa completa en todo el proceso judicial

En Legalis Defensa sabemos cómo echar a un okupa. Te acompañamos desde el minuto uno hasta recuperar tu vivienda.
Preguntas frecuentes sobre la ocupación de vivienda habitual
¿Me pueden ocupar mi vivienda habitual si me voy de vacaciones o unos días?
No. Si se trata de tu residencia habitual, está legalmente protegida como morada, incluso aunque estés ausente temporalmente. En estos casos, la Policía puede actuar de forma inmediata y sin necesidad de orden judicial para desalojar a los okupas.
¿Es delito la ocupación de una vivienda habitual?
Sí, la ocupación de una vivienda habitual es un delito en España. Según el Código Penal, se considera allanamiento de morada cuando una persona entra o permanece en una vivienda habitada, sin consentimiento del propietario o del legítimo morador. Este delito está recogido en el artículo 202 del Código Penal y puede conllevar penas de hasta dos años de prisión, o más si se emplea violencia o intimidación.
La vivienda habitual goza de una especial protección legal porque se considera un espacio inviolable. No importa si el propietario está presente o ausente en el momento de la ocupación: el simple hecho de ocuparla sin permiso ya constituye un delito.
A diferencia de la usurpación, que suele aplicarse a segundas residencias o inmuebles deshabitados, el allanamiento de morada se trata con mayor severidad, precisamente por afectar directamente a la seguridad y privacidad de las personas en su hogar.
¿Qué pruebas necesito para acreditar que una vivienda es mi residencia habitual?
Para demostrar que una vivienda es tu residencia habitual, puedes presentar documentos como:
- Certificado de empadronamiento
- Facturas recientes de luz, agua, gas o internet
- Contrato de alquiler o escritura de propiedad
- Correspondencia oficial (de Hacienda, bancos, seguros...) enviada a ese domicilio
Cuantas más evidencias reúnas, más sencillo será justificar la condición de vivienda habitual ante las autoridades.
¿Cuánto tiempo se tarda en desalojar a un okupa de una vivienda habitual?
Cuando se trata de una vivienda habitual ocupada, el desalojo puede ser inmediato, sin necesidad de procedimiento judicial. Sin embargo, si el inmueble no es tu residencia principal, el proceso puede alargarse y requerir una demanda civil o penal, con plazos que van desde varias semanas hasta varios meses.